Comunidades de Vecinos: Nueva Obligación Legal de Coordinar Actividades Empresariales
- Carmen M.
- 5 mar 2024
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Madrid, 29 de febrero de 2024.- En un fallo histórico, el Tribunal Supremo ha marcado un hito en el ámbito de la seguridad laboral en las comunidades de propietarios. La decisión, fechada el 27 de mayo de 2022, estableció la responsabilidad solidaria de una comunidad de vecinos respecto a las obligaciones salariales de un conserje empleado por una empresa subcontratada.
El veredicto destaca la importancia de la coordinación de actividades empresariales en las comunidades de vecinos, en un momento donde la seguridad laboral y los derechos de los trabajadores ocupan un lugar central en la atención pública y legal.
De acuerdo con la legislación vigente, las comunidades de vecinos ahora tienen la obligación legal de implementar procesos de coordinación de actividades empresariales. Este mandato busca garantizar que todas las empresas contratadas cumplan con las normativas laborales y de seguridad establecidas.
La decisión del Tribunal Supremo subraya la necesidad de que las comunidades de vecinos sean diligentes en supervisar y controlar las actividades empresariales en sus instalaciones, no solo por una cuestión de responsabilidad moral, sino también para cumplir con la ley.
En este contexto, se espera que las comunidades de propietarios revisen y refuercen sus protocolos de coordinación de actividades empresariales. Esto implica prestar especial atención a los contratos con empresas subcontratadas y supervisar activamente las condiciones laborales y de seguridad de los trabajadores que operan en sus edificios.

En resumen, el fallo del Tribunal Supremo establece un precedente importante en la seguridad laboral en comunidades de propietarios. Es un recordatorio contundente de la importancia de la coordinación de actividades empresariales y del cumplimiento de las obligaciones legales. Las comunidades de vecinos deben ser plenamente conscientes de sus responsabilidades y tomar medidas proactivas para garantizar un entorno laboral seguro y justo para todos los trabajadores.
Nueva Responsabilidad Legal para las Comunidades de Propietarios
Las comunidades de propietarios, consideradas como empresas principales según este nuevo precedente legal, ahora tienen la obligación de coordinar actividades empresariales (CAE) con las empresas contratadas. Esto implica diversas responsabilidades, como informar a las empresas contratistas sobre los riesgos existentes, garantizar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y gestionar la documentación necesaria para la coordinación.
Esta nueva responsabilidad es crucial ya que la empresa principal debe asegurar la seguridad y bienestar de todos los trabajadores de la comunidad, incluidos los empleados de contratistas y subcontratistas.
Criterios para la Responsabilidad Solidaria
La sentencia del Tribunal Supremo estableció que la comunidad de propietarios es considerada responsable solidaria en casos donde la actividad de la empresa subcontratada es propia y necesaria para la comunidad, cuando la comunidad ha contratado directamente la actividad de la empresa subcontratada, o cuando la empresa subcontratada no ha pagado los salarios de sus trabajadores.
Este fallo judicial recalca la importancia de una coordinación cuidadosa y una supervisión diligente en todas las actividades empresariales dentro de las comunidades de vecinos, subrayando así la relevancia de la seguridad laboral y el cumplimiento normativo.
En mi comunidad estamos haciendo unos mantenimientos u obras y el ayuntamiento nos ha pedido documentacion variada y entre ellas el CAE, mi pregunta es si es válido hacerlo una vez empezada la obra?